El Real Decreto 1150/2015, de 18 de diciembre (BOE 19-12-2015), ha modificado el cuadro de enfermedades profesionales, concretamente el grupo seis de las mismas,causadas por agentes cancerígenos, incluyendo como enfermedad profesional “el cáncer de laringe”.

La referida inclusión como enfermedad profesional de dicho cáncer favorecerá, principalmente, a trabajadores de los siguientes sectores:

  • Construcción.
  • Fabricación de tejidos, cartones y papeles de amianto.
  • Trabajos de aislamiento térmico.
  • Fabricación de guarniciones
  • Trabajos de reparación de vehículos automóviles.
  • Trabajos de extracción, manipulación y tratamiento de minerales.
  • Limpieza, mantenimiento y reparación de acumuladores de calor u otras máquinas que contengan amianto.
  • Trabajos que impliquen la eliminación o manipulación de materiales con amianto.

Igualmente se incluyen las enfermedades provocadas por agentes cancerígenos tanto de de categoría C1, como la C2, o sea, que se cubren tanto las enfermedades producidas por sustancias que se sabe que son cancerígenas para el hombre, como las producidas por sustancias sobre las que exista una presunción de que puedan ser cancerígenas, y en esto quedan incluidos todos los trabajadores expuesto, durante su trabajo, a dichas sustancias.